jueves, 22 de mayo de 2014

TAREAS EN COMISION


INFORME DEL TRABAJO REALIZADO EN LA COMISION J –HIDROCARBUROS, ENERGIA Y COMUNICACIONES.

21 DE MAYO DE 2014

PROYECTOS TRATADOS:



*PROYECTO DE RESOLUCION 8.408 POR EL CUAL SE REQUIERE  AL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL QUE INFORME SOBRE LOS DISTINTOS PUNTOS QUE SE DETALLAN A CONTINUACIÓN RELACIONADOS CON LA OBSERVANCIA DE LAS LEYES AMBIENTALES VIGENTES POR PARTE DE LAS EMPRESAS HIDROCARBURIFERAS QUE SE DESEMPEÑAN EN LA PROVINCIA:

a)            Nómina de las empresas encuadradas en las previsiones del artículo 24 de la Ley 1875 que han presentado la Declaración de Impacto Ambiental y envíe copias del correspondiente Plan de Gestión Ambiental aprobado por la autoridad de aplicación de la mencionada Ley, y las licencias ambientales emitidas.

b)           Nómina de las empresas que encontrándose obligadas a presentar la Declaración de Impacto Ambiental no han cumplido, y aquellas que habiéndolo presentado no cuentan con el Plan de Gestión Ambiental aprobado por la autoridad de aplicación, y si estas empresas se encuentran actualmente ejecutando proyectos u obras que por sus características puedan alterar el ambiente.

c)            Nómina de las empresas que han sido pasibles de multa por infracción a la Ley 1875 y si se le han aplicado los nuevos valores establecidos por la Ley 2863. En el supuesto que no se hayan aplicado los nuevos valores que informe los motivos de la inaplicabilidad.

d)           Nómina de las empresas que encuadrándose en lo previsto en el artículo 1° de la Ley provincial 2600 han obtenido el Certificado de Aptitud Ambiental de la Actividad Hidrocarburífera, y si han cumplido con sus correspondientes renovaciones anuales; y si para otorgar el Certificado de Aptitud Ambiental se han inspeccionado los distintos pozos y locaciones hidrocarburíferas. Asimismo, que adjunte nómina de empresas hidrocarburíferas que operan sin el mencionado certificado, en caso que existieran.

e)           Nómina de las empresas que se encuentran inscriptas en el Registro de Control Ambiental de la Actividad Hidrocarburífica creado por la Ley provincial 2600.

f)            Sanciones impuestas por la emisión de gases fuera de los límites admitidos conforme Ley provincial 2175 e incumplimientos en las declaraciones juradas mensuales que la norma establece, identificando a las empresas que han sido multadas, si es que existen, y envíe copias de las declaraciones juradas mensuales que establece la mencionada Ley del año 2013 de todas las empresas que realizan en la Provincia las actividades contempladas en la norma.

g)            Aplicación de la Ley provincial 2666, en particular, sobre el sistema de locación seca, control de sólidos y el tratamiento de lodos y cutting por las empresas que realizan perforaciones vinculadas con la actividad hidrocarburífera, y la presentación de los Estudios de Sensibilidad Ambiental previstos en la Ley.
 En este debate los diputados acordaron hace el pase a la comisión H –Medio Ambiente, Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable-dada la incumbencia del tema.
 
 *PROYECTO DE RESOLUCION 8.418 POR EL CUAL SE SOLICITA AL SEÑOR MINISTRO DE ENERGIA, AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLICOS, ING. GUILLERMO COCO TENGA A BIEN INFORMAR LO SIGUIENTE:
 
 1)           Un detalle de cada una de las concesiones otorgadas por la Provincia que estarían en condiciones de ser renegociadas, con vencimiento más allá del año 2016 en donde conste el nombre del titular y el operador según corresponda.
 2)            Indicar en cada caso como fue obtenida la concesión, si por concurso público para explorar y explotar el área, o por asociación directa de explotación. También indicar los porcentajes de participación de la Provincia al principio de la concesión y al presente (según corresponda), al igual que los cambios que se hallan verificado en el transcurso del tiempo en cuanto a sus titulares, porcentajes de participación de los mismos y/u operador. 
 3)            Detallar las instalaciones existentes por concesión: pozos (estado actual), baterías, plantas, oleoductos, gasoductos, otros.
4)            Avance anual de las inversiones en cada una de las concesiones desde el inicio hasta el presente, discriminando las mismas en, exploración (pozos exploratorios, sísmica 3D (km2), sísmica 2D (km), reprocesamiento de líneas sísmicas, otros), desarrollo y medioambiente.
5)            Evolución anual hasta el presente de las reservas (probadas, probables y posibles) y recursos de petróleo y gas de cada concesión, indicando el volumen insitu con sus respectivos factores de recuperación. También se requiere, él envío de las declaraciones juradas hasta el fin de cada concesión y hasta el fin de la vida útil de las  reservas (todas las categorías) y recursos de petróleo y gas a diciembre de 2013, con sus respectivas evaluaciones económicas que respalden esos valores de reservas certificados.   Así, y en el caso de las reservas, tenga a bien informar (si corresponde), los volúmenes de las nuevas incorporaciones que se hubieren dado en el transcurso de la concesión, y si las mismas corresponden a nuevos descubrimientos o al mejoramiento de los factores de recuperación de reservorios ya conocidos.
6)            Evolución anual de todos los fluidos de producción de cada concesión y su acumulada actual: petróleo, gas (combustible y no combustible), líquidos del gas, agua de purga (según corresponda).
7)            Pasivos ambientales que cada concesión posea desde el inicio de la misma hasta el presente: derrames de petróleo viejos y nuevos, aguas de purga, tierra empetrolada, piletas de desechos antiguas mal tapadas, volumen de gases venteados (gas combustible y no combustible), otros.
8)            Volúmenes anuales de gas combustible consumido por cada concesión desde el inicio al presente.
9)            Deudas que cada concesionario posea con la Provincia a la actualidad en concepto de regalías mal liquidadas, excesos de venteos, multas impagas, Impuesto a los Sellos, canon, servidumbre de paso, otros.
Luego de un álgido intercambio de opiniones los diputados resolvieron postergar su tratamiento una semana con el fin de obtener la información adecuada. Fue a pedido del presidente de la comisión, Luis Sapag quien observó que existen “cláusulas de confidencialidad y resguardo” de la información que deben respetarse durante el proceso de negociación. En ese sentido, sostuvo que es necesario esperar “el momento oportuno” para no alterar la instancia de evaluación que lleva adelante la cartera. Sapag pidió tiempo para que el ministerio comience a hacer pública la información.

En este sentido, el Diputado Sagaseta, si bien prestó acuerdo a lo enunciado con anterioridad, manifestó que "existe un tema muy sensible para la sociedad neuquina como es el cuidado del medio ambiente y sobre todo en la actividad hidrocarburífera considerada una de las más agresivas para el medio. Todos sabemos que esto no está saldado y han sido las propias autoridades de la cartera energéticas las que han hablado de las gravedades incurridas en el pasado, por lo que creo que sería importante contar con la información", expreso Sagaseta






 
 
*PROYECTO DE DECLARACION 8.434 DECLARASE FAVORABLE PARA EL PAIS EL ACUERDO FINANCIERO, REALIZADO ENTRE EL ESTADO NACIONAL Y REPSOL, POR LA COMPENSACION DE LA EXPROPIACION DEL CINCUENTA Y UNO (51%) DEL CAPITAL ACCIONARIO DE YPF S.A.

El proyecto argumenta que:  Tal como lo analizaron economistas argentinos y extranjeros, por cualquier vía que se quiera evaluar en términos financieros (return on equity, price/earnings, valor de mercado, cash flow), el monto alcanzado en el acuerdo de adquisición del control con la mayoría accionaria de la principal petrolera nacional culmina en saldo positivo para la Argentina. Pago en bonos a mediano y largo plazo, sin desembolso inmediato de efectivo. Es decir, se adquiere deuda en infraestructura energética que se amortiza con la propia producción de la empresa.

                Recordemos que el grupo español ejerció una gran presión internacional, reclamando pagos en efectivo, indemnizaciones por más de 18 mil millones de dólares y numerosos juicios ante el Ciadi, contra el Estado argentino, YPF S.A. y cualquier otra empresa que se quisiera asociar con esta última.

                El haber realizado el acuerdo en este difícil escenario de negociación, mediante el pago con bonos y la renuncia por parte de Repsol a toda demanda o reclamo legal, iniciado o futuro, significa un paso trascendental para los planes de YPF S.A. pues le permiten enfocar todo su esfuerzo y profesionalismo en el desarrollo de los recursos energéticos del país.

                Sin otro particular, celebramos que la transacción con la española Repsol haya culminado con un resultado muy favorable al Estado argentino, finaliza en sus argumentos este proyecto.

Este proyecto será tratado durante el encuentro de comisión de la semana próxima.

 
EQUIPO DE COMUNICACION
DIP. LUIS SAGASETA
 
 



 

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